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Programas de Cualificación Profesional Inicial.

Operario de Carpintería

El alumno que haya completado un programa recibirá un certificado expedido por el Centro público al que se encuentre adscrita la entidad que desarrolle el programa.

Destinada a los jóvenes que sin rechazar el ámbito escolar o estando interesados, incluso, en continuar estudios en el sistema reglado, han agotado las vías de conseguir el título de Graduado en Educación Secundaria. El objetivo más claro es volverles a reinsertar en el sistema educativo. Durante el primer curso adquieren las cualificaciones necesarias para la obtención de un Certificado, incluyendo prácticas en empresas. El alumno puede continuar sus estudios de formación teórica (en el aula), para obtener la titulación de la E.S.O., o presentarse a la Prueba de Acceso a los ciclos formativos de Grado Medio. El número de alumnos por curso es 15.

La DURACIÓN es de 2 cursos,
1º curso obligatorio y 2º voluntario.

ACCESO A CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO MEDIANTE PRUEBA (La nota obtenida en el segundo curso se tendrá en cuenta en la nota final de la prueba de acceso)

Los OBJETIVOS, que con carácter general, pretende el programa son tres:
Un objetivo de inserción laboral, con un área de interés en torno al taller, preparándoles para el desempeño de un perfil profesional que les permita acceder a varios puestos de trabajo.
Un objetivo de reinserción educativa al retomar con una metodología más adecuada y motivadora los contenidos de la Enseñanza Obligatoria que permita al alumno, no sólo la adquisición de las competencias profesionales correspondientes a cada perfil, sino también que aquellos que lo deseen puedan superar las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Grado Medio o continuar su formación en el segundo curso del programa.
El objetivo de que los jóvenes desarrollen y afiancen su madurez personal, mediante la adquisición de hábitos y capacidades que les permitan participar, como trabajadores y ciudadanos responsables, en el trabajo y en la actividad social y cultural.

REFERENCIA LEGISLATIVA.

Creación y desarrollo:

LOE Título I (Ordenación de las enseñanzas, Art. 30) y Título II (Equidad en educación, Art. 80)
Marco normativo (LOE):
Ordenación General de la Formación Profesional (R.D. 1538/2006, de 15 de Diciembre).
Enseñanzas Mínimas de Educación Secundaria (R.D. 1631/2006 de 29 de diciembre).
Orden Ministerial (territorio de gestión del MEC)
CC.AA
RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2008, de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales.

ACLARACIÓN respecto de la información de esta página: Para que usted obtenga una idea general, hemos procurado poner aquí la normativa más relevante, sin embargo, es posible que no sea toda la existente o no esté completamente actualizada. Para obtener más información diríjase al Ministerio de Educación y/o la Comunidad de Madrid.

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